Si compraste tu casa y firmaste tu hipoteca antes de 2019, todavía estas a tiempo de poder reclamar los gastos hipotecarios.
A lo largo de estos últimos años, los Juzgados han ido pronunciándose respecto a las cláusulas que los bancos imponían a los consumidores en sus contratos. De este modo comenzaron a aparecer sentencias que reconocían la nulidad de clausulas bancarias como la Clausula suelo y posteriormente la cláusula de gastos, y más actual, la cláusula de comisión de apertura, entre otras.
La cláusula de imposición de gastos al consumidor, hacia que este se viera obligado a asumir todos los gastos de la firma y constitución de la hipoteca para la compra de su vivienda. Por ello, y a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 2015, la cual reconocía la NULIDAD de dicha Cláusula, comenzaron a declararse la nulidad de dichas clausulas establecidas en las escrituras hipotecarias.
Los gastos que los consumidores pueden reclamar derivado de la nulidad de la cláusula de su hipoteca, son los gastos de Notaria, Gestoría, Registro de la Propiedad y Tasación de la vivienda.
Después de distintas sentencias del Tribunal Supremo, y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en enero de 2019 quedaron fijados el reparto de tales gastos entre el banco y el consumidor, y seria dicha Sentencia la que en el peor de los casos marcaria el inicio del plazo de los cinco años para reclamar la cantidad, finalizando el 24 de enero de 2024, si bien, hasta la fecha no existe un criterio claro pues el Tribunal Supremo no ha fijado un criterio respecto al inicio del cómputo del plazo, y además hemos de tener en cuenta que los plazos procesales quedaron suspendidos durante el estado de alarma acordado en 2020 por la pandemia durante 82 días naturales, por lo que dicho plazo se ampliaría hasta abril de 2024 en el peor de los escenarios.
Por lo que si no has reclamado los gastos que tuviste que abonar cuando firmaste tu hipoteca todavía estas a tiempo.