Son muchos los Accidentes de Tráfico que cada año suceden en nuestras carreteras, siniestralidad que poco a poco ha ido disminuyendo con las campañas y otras medidas adoptadas por la DGT, pero ¿Qué hemos de hacer si sufrimos un accidente?
Nuestro despacho cuenta con Abogados especialistas en esta materia, que le asesoraran desde el mismo momento en que suceda el accidente, garantizándole obtener la mayor indemnización posible.
Recuerde que su compañía de seguros cubre en la mayoría de los casos la totalidad de nuestros honorarios, a cargo de su póliza del seguro del vehículo (Clausula sobre libre designación de letrado), por lo que de esta forma obtendrá un asesoramiento y una defensa de sus intereses por un abogado de su confianza, que se ocupará únicamente de su caso, ¿Por qué dejar entonces que vele por sus derechos e intereses un abogado de la propia compañía de seguros cuando esta es a la vez parte interesada en el procedimiento?
Este despacho no está vinculado a ninguna compañía aseguradora, garantizando así la defensa de los intereses de sus clientes por encima de los intereses económicos de las compañías aseguradoras, incluida la suya propia, aseguradoras que finalmente serán las encargadas de abonar las indemnizaciones derivadas de un accidente de tráfico.
Contacte con nuestro despacho y nos ocuparemos de todos los trámites, informándole de los pasos a seguir, tanto frente a su propia compañía de seguros como frente a terceros.
Desde nuestro despacho nos ocuparemos de la valoración de los daños sufridos, tanto físicos como materiales, y negociaremos con las compañías de seguros involucradas la cuantía de la indemnización que corresponda, acudiendo a la vía judicial en caso de no ser posible un acuerdo previo entre las partes implicadas.
Por último, no hay que olvidar, que el ocupante del vehículo siempre tiene derecho a ser indemnizado, sea por la Compañía Aseguradora del vehículo donde circulaba (pese a ser familiar o conocido del propio conductor) o por la Compañía de Seguros del vehículo contrario.
Asimismo, también se considera accidente de circulación el atropello de un peatón o ciclista, siendo responsable en estos casos del abono de la posible indemnización a la victima la compañía de seguros del vehículo causante del atropello.