La anulación del primer estado de alarma por parte del Tribunal Constitucional invalida casi 1,2 millones de sanciones impuestas entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020 por saltarse el confinamiento.
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la limitación del desplazamiento de personas y vehículos que fijaba el estado de alarma, así como la capacidad del ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial.
En concreto, el tribunal de garantías ha declarado inconstitucionales y nulos los puntos 1,3 y 5 del artículo 7 del decreto-ley, relativos a la libertad de circulación de personas y coches en espacios y vías públicas.
Multas y Sanciones
Existen dos caminos para las multas ya expedidas. Las que no hayan sido abonadas, quedarían sin efecto aunque sobre ellas haya una sentencia firme de un tribunal anterior. Y respecto a las que ya hayan sido pagadas, el sancionado debería reclamarle a la Administración la devolución del dinero.
Inconstitucional Estado de Alarma
El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado como ilegales dos artículos del Real Decreto. Básicamente, los que regulaban el confinamiento domiciliario y la imposibilidad de circular con libertad para personas y vehículos.
La primera consecuencia de este hecho será la anulación de todas las multas por limitación de movilidad impuestas durante el estado de alarma, que quedarán sin efecto.
Defienda sus derechos
Durante el primer estado de alarma y los cuatro primeros meses del segundo, se notificaron 1.370.164 multas. 506.135 fueron realizadas por la Policía Nacional, 495.600 por policías locales y 368.429 por la Guardia Civil. Pero según los datos ofrecidos por el Ministerio del Interior casi el 90% de los expedientes siguen sin concretarse en multa.
Ante cualquier duda o consulta relacionada con la nulidad de las multas y sanciones durante el estado de alarma no dude en comunicarse con nuestro despacho.